Ya está en vigor el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/686, por el que se autoriza la citada declaración de propiedades saludables. De este modo, después de cuatro años sin nuevas incorporaciones, se añade una nueva entrada en la lista de propiedades saludables autorizadas establecida en el Reglamento (UE) 432/2012, que recoge la lista de declaraciones autorizadas de propiedades saludables de los alimentos distintas de las relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños.
Por tanto, la declaración «Las soluciones de hidratos de carbono contribuyen a la mejora del rendimiento físico durante el ejercicio físico de alta intensidad y de larga duración en adultos entrenados» puede utilizarse «únicamente para soluciones de hidratos de carbono que, con arreglo a las instrucciones de uso, aporten entre 30 y 90 g de hidratos de carbono por hora, cuando los hidratos de carbono en cuestión sean glucosa, sacarosa, fructosa o maltodextrina, en las condiciones siguientes:
Al igual que en otras declaraciones de propiedades saludables que figuran en el Reglamento, se fijan unas condiciones adicionales de uso de la declaración y unas restricciones de uso del alimento, que para el caso que nos ocupa son:
El cumplimiento estricto del marco regulatorio es uno de los pilares en que se basa nuestra actividad como expertos en el desarrollo de productos farmacéuticos y complementos alimenticios. Hacer un seguimiento continuo de la reglamentación es fundamental para asegurar que los productos van a poder comercializarse en cada ámbito territorial con todas las garantías.
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